Qué hacer si te cancelan un vuelo

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Reglamento Europeo (CE) 216/2004

El Reglamento Europeo (CE) 216/2004 establece cuáles son los derechos de los pasajeros de vuelos dentro de la Unión Europea, Suiza, Noruega e Islandia, por lo que será muy útil su conocimiento en caso de tener cualquier problema con la aerolínea.

En caso de sufrir cualquier incidencia con la compañía, tendremos que aportarle toda la documentación necesaria que acredite nuestra situación por escrito. En caso de que denieguen nuestra reclamación, tendremos que dirigirnos a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y si ésta reconoce nuestro derecho, pero la compañía se niega a compensarnos económicamente, solo quedará la vía judicial.

Las incidencias que se pueden producir a consecuencia de tomar un vuelo son las siguientes:

Retrasos en la salida

Los derechos son:

  • Derecho a ser informado sobre las condiciones y compensaciones.
  • Derecho a asistencia en el aeropuerto (alojamiento en hotel, transporte, comida, etc).
  • Derecho al reembolso del billete si el pasajero decide no viajar y el retraso es superior a 5 horas.

Retrasos en la llegada

Si el vuelo llega con más de 3 horas de retraso a su destino, el pasajero tiene derecho a la misma indemnización que en el caso de vuelos cancelados, excepto si la compañía demuestra que el retraso se debe a causas no imputables a la misma.

Overbooking o denegación de embarque

Si te quedas en tierra por overbooking (la compañía vende más pasajes que asientos tiene el avión, adelantándose a las posibles anulaciones) y no hay motivos razonables para la denegación de embarque, las aerolínea ofrece a algunos pasajeros otras opciones (volar en otro horario, compensaciones económicas, etc), pero su aceptación es totalmente voluntaria.

Si nadie acepta las nuevas condiciones, los derechos de los pasajeros son los siguientes:

  • Derecho a ser informado sobre las condiciones y compensaciones.
  • Derecho a asistencia en el aeropuerto (alojamiento en hotel, transporte, comida, etc).
  • Derecho al reembolso del billete o transporte alternativo.
  • Derecho a indemnización económica, que dependerá de los kilómetros que se vayan a recorrer.

Cancelación del vuelo

Los derechos son:

  • Derecho a ser informado, asistencia, reembolso o transporte alternativo.
  • Derecho a indemnización económica económicamente, excepto si la cancelación ha sido debida a inclemencias meteorológicas, huelgas, etc.

Si has sufrido alguna incidencia en estas vacaciones por culpa de una aerolínea, no dudes en contactar con Moreno&Duque Consultores, a través de nuestro email info@morenoduqueconsultores.es o en los teléfonos  655 34 94 62 o 652 73 62 83.